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Cámara baja de Uruguay autoriza a los transexuales cambiar sus documentos

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    La Cámara baja de Uruguay autoriza a los transexuales cambiar sus documentos

    EFE
    Actualizado 16-09-2009 02:28 CET

    Montevideo.- La Cámara de Diputados de Uruguay aprobó hoy, en la última sesión de la legislatura y con los votos favorables de todos los partidos de la cámara, la ley que permite a los transexuales el cambio de nombre y sexo en sus documentos y registros públicos.

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    (EFE)
    Para solicitar el cambio de sexo en los registros no hará falta haber sufrido una cirugía de reasignación sexual, si bien la petición deberá acompañarse de un informe técnico sobre la identidad de género del solicitante. EFE/Archivo

    Esta ley, diseñada para "personas que tienen una identidad sexual en conflicto con el sexo biológico", deberá ser ratificada ahora por el Senado para entrar en vigor, después de que los diputados acordaran introducir modificaciones al texto presentado inicialmente para subrayar que la ley no habilita el matrimonio homosexual.
    Esta precisión se añadió después de que las autoridades del Registro Civil hubieran advertido que la ley abría la puerta al matrimonio entre personas del mismo sexo biológico, puesto que un transexual podría cambiar su sexo en los registros y así contraer matrimonio sin impedimentos.
    Además, la norma también definió que solo los ciudadanos mayores de edad podrán cambiar su sexo y nombre en los documentos públicos.
    Según la ley, la persona que decida cambiar su nombre modificará sus antiguos documentos, pero estos no se destruirán sino que se archivarán con las transformaciones añadidas.
    Entre otras medidas, la ley también establece que, una vez que la persona realice el trámite de cambio de identidad, habrá que esperar un período de cinco años para reclamar volver a la identidad original.
    Para solicitar el cambio de sexo en los registros no hará falta haber sufrido una cirugía de reasignación sexual, si bien la petición deberá acompañarse de un informe técnico sobre la identidad de género del solicitante.
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