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El Supremo sube de 2 a 10 años la inhabilitación para el juez que retrasó una adopció

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    deberá pagar 6.000 euros a las perjudicadas
    El Supremo sube de 2 a 10 años la inhabilitación para el juez que retrasó una adopción por lesbianas

    MADRID, 23 Dic. (EUROPA PRESS)
    El Tribunal Supremo ha aumentado desde 2 a 10 años la inhabilitación impuesta al que fuera juez de familia en Murcia Fernando Ferrín Calamita por retrasar el trámite de adopción de una menor por parte de la esposa de la madre biológica de la pequeña. También deberá pagar una multa de 620 euros e indemnizar a las perjudicadas con 6.000 euros.
    La sentencia, dada a conocer hoy, estima parcialmente los recursos interpuestos por la Fiscalía y por las perjudicadas contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia que condenó al juez a una pena de dos años, tres meses y un día de inhabilitación por un delito de retardo malicioso en la tramitación del expediente de adopción. El alto tribunal considera, a instancia de las acusaciones que la actuación del juez constituyó un delito de prevaricación.
    Durante la vista celebrada ante el Supremo por este caso el pasado 22 de octubre, el fiscal fundamentó su petición en la existencia de prevaricación en un total de cinco resoluciones dictadas por el juez de Murcia en el expediente de adopción que supusieron "una contradicción grave contra el ordenamiento jurídico".
    Entre ellas, la petición de un examen sobre la madre biológica, el nombramiento de un defensor judicial de la niña (requisito no exigido por la ley), o la realización de unas preguntas a la psicóloga del caso, relativas a la conveniencia de que la niña conviviera con dos mujeres, que a juicio de esta parte "revelan una clara condición homófona".
    Para la acusación particular, ejercida por el abogado José Luis Mazón, las resoluciones que supusieron prevaricación fueron ocho. "Dictó a sabiendas resoluciones inauditas únicamente porque se trataba de una pareja de mujeres", dijo el letrado, que aludió en su exposición a los razonamientos de la sentencia que condenó por este mismo delito al que fuera juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez de Liaño.
    Por su parte, la defensa de Calamita, ejercida por Javier María Pérez Roldán, alegó que la actuación de Ferrín Calamita en este caso no acredita más que su interés por conocer los detalles precisos para tramitar una adopción que, por ser entre personas del mismo sexo, era "totalmente novedosa".
    En la primera sesión de la vista oral en Murcia, el magistrado Ferrín Calamita, indicó que este era "un juicio político", y aseguró que sólo había velado por los intereses de la menor" "Mi única intención fue garantizar lo mejor para la niña, espero que sea feliz, que crezca con el cariño de Vanesa y Susana y que la adopción haya sido la mejor opción", dijo en su defensa.
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