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Estrasburgo no revisará el caso de la transexual gallega que pide ver más a su hijo

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    Estrasburgo no revisará el caso de la transexual gallega que pide ver más a su hijo


    El tribunal cree que no se vulneraron sus derechos al reducirle el régimen de visitas

    AGENCIAS SANTIAGO El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, ha ratificado que los derechos de la transexual lucense Alexia Pardo no fueron vulnerados al haberse reducido el régimen de visitas a su hijo y descarta la revisión de la sentencia que ya había hecho pública a finales del pasado mes de noviembre.

    Estrasburgo rechaza aceptar el recurso presentado por Alexia Pardo para reexaminar su caso y considera que es definitiva la sentencia de noviembre, que dictaminó que España no violó el Convenio de Derechos Humanos cuando se decidió la restricción del régimen de visitas a su hijo. El tribunal entendió que esta decisión no se puede atribuir a que se hubiese sometido a un tratamiento hormonal de cambio de sexo.

    Alexia Pardo tuvo un hijo en 1998 con su esposa, pero cuatro años después se separaron. Un juez atribuyó la custodia del pequeño a la madre, aunque dictó un régimen de visitas para el padre de un fin de semana de cada dos. En octubre del año 2004, un juzgado de Lugo modificó este régimen, a petición de la madre.

    En concreto, la madre solicitó privarle de la patria potestad y suspender las visitas y la comunicación por "falta de interés", por seguir un tratamiento hormonal para cambiar de sexo y porque "se maquilla y se viste habitualmente como una mujer".
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