Anuncio

Colapsar
No hay anuncio todavía.

El Supremo considera legal difundir ideas nazis si no incitan a la violencia

Colapsar
X
 
  • Filtrar
  • Tiempo
  • Mostrar
Limpiar Todo
nuevos mensajes

  • El Supremo considera legal difundir ideas nazis si no incitan a la violencia

    El Supremo considera legal difundir ideas nazis si no incitan a la violencia
    Absuelve a cuatro libreros catalanes que editaban revistas xenófobas
    04/06/2011 melchor sáiz-pardo | madrid
    El Tribunal Supremo considera legal difundir ideas abiertamente nazis, racistas u homófobas siempre que no se incite con ellas a la violencia o a crear un «clima de hostilidad» contra esos colectivos que pueda «concretarse» en actos violentos. La Sala de lo Penal del alto tribunal, en una sentencia conocida ayer, absuelve a los cuatro responsables de la librería Kalki de Barcelona y de Ediciones Nueva República que fueron condenados por la Audiencia de Barcelona a tres años y medio de prisión por los delitos de difusión de ideas genocidas y contra los derechos y libertades, además de asociación ilícita.
    Según la nueva doctrina del Supremo, no pueden perseguirse penalmente ideas como las que distribuían en sus publicaciones los ahora absueltos tales, entre ellas: lamentar que los nazis no acabaran con todos los judíos, defender la inferioridad racial de «moros» y «negros», y la necesidad de la «higiene racial», o tachar a los homosexuales de «enfermos». El Supremo recuerda que la Constitución no «prohíbe la ideologías» y que las «ideas», por muy «execrables» que sean y «por muy rechazables que puedan considerarse desde la perspectiva de los valores constitucionales y de los derechos fundamentales y libertades públicas», «no deben ser perseguidas penalmente» siempre que no llamen a la violencia contra esos grupos.
    «No basta con difundir ideas o doctrinas que justifiquen el delito de genocidio, o que mediante afirmaciones u opiniones favorables simplemente lo disculpen o lo vengan a considerar un mal menor. Es preciso, además, que, bien por la forma y ámbito de la difusión, y por su contenido, vengan a constituir una incitación indirecta a su comisión o que supongan la creación de un clima de opinión o de sentimientos que den lugar a un peligro cierto de comisión de actos concretos de discriminación, odio o violencia contra los grupos o los integrantes de los mismos», apunta el fallo, que absuelve a los dirigentes del ya desaparecido grupo neonazi Círculo de Estudios Indoeuropeos, que se articulaba alrededor de la editorial y de la librería, en la que se incautaron obras de Adolf Hitler, Hermann Goering y de los más conocidos autores filonazis.
    La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Miguel Colmenero, reconoce «probado» que los cuatro acusados distribuían «ideas favorables al régimen nazi», hasta el punto de «justificar el genocidio». Admite también que los procesados editaban revistas de «contenido discriminatorio y excluyente para grupos raciales, étnicos o religiosos» que, en algunos casos, eran incluso «irrespetuosas con la dignidad humana». Pero ninguna de esas acciones fue «delictiva» al no ser «una provocación o incitación directa a la discriminación, al odio o a la violencia contra grupos o asociaciones».

Trabajando...
X