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La represión preventiva.

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    La represión preventiva (artículo de el PAIS)



    "Punir les pauvres" es el título de un libro reciente del investigador de origen francés de la Universidad de California-Berkeley, Loïc Vacquant. Su análisis empírico demuestra la inoperancia de las política "penalizadora" "made in USA" (pero de uso creciente en Europa) aplicada sistemáticamente contra todos los colectivos sociales susceptibles de tener comportamientos "desordenados" en la ciudad, o simplemente cuya presencia en el espacio público suscita temores o desagrada al ciudadano instalado y a la autoridad competente.

    El autor establece una correlación pertinente entre las políticas económicas y sociales de matriz neoliberal que generan excluidos, precarios y desesperanzados y las tensiones que se manifiestan en el espacio público. La respuesta "penalizadora" es ineficaz como lo demuestran los números: ni había más delitos cuando se iniciaron respecto a épocas anteriores, ni se han reducido significativamente cuando llevan años aplicándose. Es una política cuyos principales efectos son perversos, aumenta los miedos y la violencia en la sociedad, culpabiliza y sanciona a los sectores más vulnerables y acelera un proceso represor en los aparatos del Estado. Una represión preventiva cuya finalidad, querida o no querida, es castigar a los pobres.
    Un ejemplo tan lamentable como paradigmático es la llamada Ordenanza del civismo vigente en Barcelona desde los inicios de este año. Una verdadera pieza de antología que no se justifica a posteriori por incidentes como los de la noche del "botellón" puesto que la violencia en el espacio público está suficientemente prohibida y penalizada en el ordenamiento jurídico, y en todo caso cabe preguntarse si la "ordenanza del civismo", que pretende sancionar conductas dispares y en la mayoría de los casos no violentas, no meten en el mismo saco a una mayoría más o menos ruidosa con la que se puede pactar previamente con una minoría violenta y facistoide que no merece excusa alguna.
    La ordenanza del civismo se inicia con una exposición de motivos y unos primeros artículos de lenguaje angelista, retórico,contra las discriminaciones, el racismo y el sexismo y afirma que "incorpora los criterios orientadores de la Carta de los derechos humanos en la ciudad" (art.2). Pero ha sido precisamente el Instituto Catalán de derechos humanos, promotor de la citada Carta, uno de las primeras entidades ciudadanas en denunciar la Ordenanza, junto con la Federación de Asociaciones de Vecinos, la Comisión de defensa de la persona del Colegio de Abogados, SOS Racismo, etc. Ya se sabe: excusatio non petita, acusatio manifesta.
    El conjunto del articulado es explícito, el objetivo es la represión de comportamientos en el espacio público. "Prever las normas de conducta en cada caso y sancionar aquéllas que puedan perturbar, lesionar o deteriorar tanto la convivencia como los bienes que se encuentran en el espacio público". A la reprobación genérica de las discriminaciones y del racismo (4 artículos) sigue un catálogo amalgamático de conductas perseguibles y de las sanciones correspondientes (54 artículos) que si no fuera por lo que significan de estigmatización de colectivos sociales enteros (jóvenes, mendigos, prostitutas, inmigrantes, etc) y propician la arbitrariedad y la desproporcionalidad de los castigos, provocarían la risa. La amalgama incluye a los que juegan, patinan o beben en la vía pública, los duermen en la calle, los que hacen pis, los que piden limosna, los grafiteros, los que colocan pancartas, los que deterioran el mobiliario o la buena imagen de la urbe. Se perseguirá la prostitución y la venta ambulante, tanto a los que la ofrecen como a los que la compran. Las sanciones son tan desproporcionadas que no se sabe si considerarlas injustas o ridículas: la mendicidad, los top manta, los limpiaparabrisas o la "oferta o demanda de servicios sexuales" puede ser multada con 750" y en algunos caso con 1500", y los acrobacias del patín o los grafiteros hasta 3000", como los actos racistas o sexistas (que por cierto no se precisan!)
    No es difícil encontrar una lógica en el caos formal de la dichosa Ordenanza: la persecución de lo que perturba una visión idealizada del orden, del "modelo de sociedad barcelonesa" como se proclama textualmente. Para lamentar que no vivamos ya en una "sociedad tradicional ni homogénea", como si alguna vez lo hubiera sido! A partir de este supuesto se implementan dos lógicas perversas.
    Se vinculan los comportamientos más o menos perturbadores o agresivos al estereotipo aplicado a determinados colectivos sociales. La misma conducta podrá ser evaluada de forma distinta según la apariencia o la interpretación que haga el agente de la autoridad respecto al individuo. Y se agrava mediante el estímulo a la delación, entendida como un acto de civismo (a lo que se dedican 6 artículos). En el caso de los inmigrantes se promete que el Ayuntamiento ayudará a "regularizar" la situación legal de los denunciantes! (art 81). En general la Ordenanza se refiere a colectivos sociales vulnerables, afectados por distintas formas de exclusión, precarización o faltos de perspectivas.
    La otra lógica perversa es la pretensión de borrar aquéllo que no se quiere ver, la perturbación es subjetiva, es el punto de vista del poder y de los que no gusta contemplar los efectos de unas políticas públicas y privadas que generan también miseria y marginación. Hay que "preservar a los usuarios de las vías públicas de la immersión obligada en un contexto visual...". Este curioso derecho ciudadano, el derecho a no ver, incluye la extensa y heterogénea lista de conductas "incívicas" citada. No se soporta la visión de mendigos, prostitutas o top manta, en vez de asumirla como un problema real de nuestra sistema social, pero se acepta la contaminación visual o acústica por la publicidad o a los privilegios en la ocupación del espacio de las autoridades. Al dar además un fundamento jurídico específico a la protección del bien "espacio público" se hace posible sumar la sanción municipal a la posible sanción penal. Se ataca a los "no visibles" desde todos los frentes.
    Las entidades antes citadas y algunas decenas más han denunciado la Ordenanza y ha presentado un recurso contencioso-administrativo, avalado por prestigiosos juristas, para su suspensión cautelar. Una minoría del gobierno municipal votó contra el mismo, especialmente por el desacuerdo con los artículos destinados a la mendicidad y a la prostitución. Son hechos significativos, interesantes, y que señalan evidentes debilidades políticas y técnicas de la ordenanza. Por nuestra parte nos interesa más, en este artículo enfatizar su significado general.
    Nos encontramos ante un ejemplo de política pública que responde a los desordenes de la organización económica y política globales atacando a los desordenes locales que expresan los colectivos sociales víctimas de los mismos, sin proponer ni acciones respecto de las causas globales ni medidas atenuadoras sobre sus consecuencias locales. Se sabe ya que esta represión preventiva no tiene otro efecto que el de aumentar la población perseguida y sancionada, que no resuelve nada de lo que pretende resolver, pero tranquiliza al electorado, su lado más conservador y temeroso de que se cuestione su bienestar. Una política que hoy practican gobiernos a priori "progresistas". Se colocan en el terreno del adversario, lo cual nunca da buenos resultados. Y menos aun si se hace mediante prácticas incívicas que conculcan los valores y los derechos que se atribuyen al civismo.

    EL PAÍS, marzo 2006 (texto corregido a 21-3-06)
    La represión preventiva. Jordi Borja y Mercedes García Arán


    Jordi Borja, geógrafo urbanista.
    Mercedes García Arán penalista
    Editado por última vez por nadia; https://www.amicsgais.org/forums/member/33-nadia en 30 de March, , 13:01:20.
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