Penden leyes represivas sobre 300 mil gays en Nicaragua



El caso de un joven homosexual cuestionado en Canadá, es apenas uno de entre los muchos jóvenes que esconden sus preferencias. Buscan huir a Holanda, donde hay mayor tolerancia.




Álvaro Orozco, el joven nicaragüense a quien le fue negado el asilo de protección amparado en su homosexualidad en Canadá, es uno de los cientos de jóvenes que no declaran abiertamente su opción sexual en Nicaragua para evitar la afrenta familiar, el estigma social y las limitaciones a otros aspectos de su desarrollo humano. [ver nota relacionada]

Así lo expresó Norman Gutiérrez, director del Centro de Prevención del SIDA (Cepresi), organización miembro de la Coalición de Organizaciones Gays de Centroamérica (Conga).

«Muchas personas cada año abandonan Nicaragua con la esperanza de buscar una vida mejor, no sólo en el aspecto económico, sino también en cuanto a que se les reconozcan sus derechos humanos elementales, como la igualdad», declaró Gutiérrez.

«Hemos atendido casos de asilos de este tipo en Estados Unidos -continuó señalando Gutiérrez- en los cuales hemos otorgado pruebas documentales, aportando información sobre la situación de derechos y posibilidades de desarrollo de las personas homosexuales, lesbianas y transexuales del país».

Y es que en Nicaragua, el artículo 204 del Código Penal estipula que «comete delito de sodomía el que induzca, promueva, propagandice o practique en forma escandalosa el concúbito entre personas del mismo sexo», e incluye a la vez una disposición que convierte en delito mantener relaciones homosexuales en privado cuando una de las partes tenga responsabilidad sobre la otra.

«Creo que muchas personas salen del país con la idea de buscar una vida mejor y asilo, y algunos hacen énfasis en el artículo 204. Y no sólo ha ocurrido en Canadá, sino también en Holanda, en ese país conocemos el caso de dos compañeros que solicitaron asilo, e incluso como las leyes allá lo permiten, contrajeron matrimonio», dijo Gutiérrez.


Cinco por ciento

Gutiérrez, durante la entrevista citó un estudio internacional que destaca que «al menos el cinco por ciento de la población total de un país, tiene y practica relaciones con personas de su mismo sexo».

«Si se condena la actitud de este joven a su regreso y se le impone la cárcel por reconocer su homosexualidad, se tendría que meter a prisión al cinco por ciento de la población del país, alrededor de 300 mil personas. Contrario a esto considero que es momento de comenzar a educarnos en cuanto a la sexualidad vista de forma científica, como una parte integral de la vida de todos y todas y no desde la óptica fundamentalista, cultural-religiosa que ha sido la tónica hasta la fecha», declaró Gutiérrez
Las pruebas
En cuanto a las pruebas que solicitó el gobierno canadiense a Orozco, el presidente de Cepresi manifestó que esta solicitud es una flagrante violación a la intimidad del joven.

«El solicitarle pruebas a este joven está fuera de lugar, porque no hay una garantía para probar su identidad; tenemos casos de hombres y mujeres en Nicaragua y en todo el mundo, que no muestran ningún indicio de homosexualidad o lesbianismo, y lo son, mientras hay jóvenes que parecen y no lo son, no hay forma de probar la homosexualidad o heterosexualidad sin exponer y violentar tu intimidad», argumento Gutiérrez


Un referente

Por su parte, Mario Chamorro, director del Centro Dos Generaciones, comentó que algo interesante de este caso es que ocurrió en Canadá, que es un país modelo en cuanto al respeto de la diversidad.

«Este caso es un referente, porque como él, hay en el país muchos jóvenes temerosos de declarar su sexualidad en su propio país, de forma que emigran porque el Estado, al igual que las familias, cuando descubren la homosexualidad en alguno de sus miembros discrimina o invisibiliza el asunto, porque los Estados no trabajan en cuanto al tema de la diversidad no sólo sexual sino religiosa, económica y cultural», expresó.

«El tema de la sexualidad es tabú, y si le agregamos al tema la homosexualidad, es más complicado tratarlo», dijo Chamorro, por la doble moral de los nicaragüenses, sin embargo no podemos vivir plenamente si no vivimos nuestra sexualidad, que es como tener una buena alimentación para desarrollarnos.

«Hay que entender las razones de este joven para pedir asilo. Primero, que proviene de una familia con un padre que lo violentaba y con seguridad violentaba a toda la familia, un hombre machista que se afrenta de la homosexualidad de su hijo, a la vez, proviene de un país intolerante con los homosexuales, lo mejor que pudo hacer es emigrar a un país tolerante, éste es un caso especial», señaló Chamorro.

Si Orozco no consigue un permiso por razones humanitarias de parte de la ministra de Inmigración Diana Finlay, que le permita quedarse en Canadá, regresará a Nicaragua el martes de la próxima semana, y el panorama que le espera no es alentador.

«A su regreso este joven se deberá enfrentar, después de haber pasado ocho años en países que respetan la diversidad, los mismos problemas que enfrentan los jóvenes que dan a conocer su opción sexual: una familia que se afrenta de él, el estigma, el que lo señalen, y la discriminación que tiene que ver con las oportunidades, y, afectivamente, la soledad; aunque los homosexuales se ofrecen mucha solidaridad, entre ellos se dan mucha fortaleza porque viven las mismas experiencias, pero la soledad es uno de los grandes riesgos que tiene», concluyó Chamorro.


El artículo 204 señala que comete delito de sodomía el que induzca, promueva, propagandice o practique en forma escandalosa el concúbito entre personas del mismo sexo y la pena es de uno a tres años de prisión. Cuando uno de los que lo practican, aun en privado, tuviere sobre el otro poder disciplinario o de mando, como ascendente, guardador, maestro, jefe, guardián o en cualquier otro concepto que implique influencia de autoridad o de dirección moral, se le aplicará la pena de la seducción ilegítima, como único responsable.

Este artículo 204 provocó que en 1992 se introdujera un recurso por inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia, sin embargo, en el fallo emitido en 1994 la CSJ declaró un «no ha lugar» al recurso, incrementando el temor de que el artículo 204 pueda legitimar el procesamiento de personas únicamente por su homosexualidad o por manifestar libremente determinadas creencias.

Cabe destacar que Amnistía Internacional señala respecto a este tema, que Nicaragua se adhirió en 1980 al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), el cual protege los derechos a la libertad de expresión (artículo 19), a la libertad de no ser objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en la vida privada (artículo 17) y a la libertad de conciencia (artículo 18). Asimismo, el Pacto afirma la igualdad de todas las personas ante la ley y el derecho, a no ser objeto de discriminación (artículos 2 y 26).


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