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Nueva legislación británica facila la gestación subrogada a parejas gays
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Nueva legislación británica facila la gestación subrogada a parejas gays
La nueva legislación británica facilita la gestación subrogada a las parejas gays y heterosexuales no casadas
Enviado Flick el 30 Marzo 2010
A partir del 6 de abril, las parejas gays británicas quedaran equiparadas a las parejas heterosexuales casadas por lo que a gestación subrogada (vientre de alquiler) se refiere. A partir de ese día, dos hombres que hayan sido padres mediante este procedimiento podrán ser reconocidos como tales desde el primer momento, sin necesidad de que uno de ellos (el padre no biológico) deba completar el proceso de adopción de su hijo.
El Reino Unido permitía ya recurrir al procedimiento de gestación subrogada, aunque lo hace sólo bajo ciertas condiciones, más restrictivas que las vigentes en otros lugares: no debe mediar interés económico, y no es posible firmar un contrato previo que garantice la paternidad. El hombre solicitante (o uno de los dos hombres solicitantes, en el caso de las parejas gays) debe ser el padre biológico, y no sólo la mujer gestante, sino su marido, deben acceder. El procedimiento exige además la autorización de un juzgado de familia que vigile que los padres son aptos.
Hasta ahora, sin embargo, la ley trataba desigualmente a los padres gays, a los que no se permitía inscribirse a la vez como padres desde el primer momento, obligando al padre no biológico a completar un proceso de adopción. Una exigencia que ahora desaparece. El cambio también beneficia a las parejas heterosexuales no casadas (que ven sus derechos igualados a los de los matrimonios) pero no a los hombres solteros, que no podrán optar en cualquier caso al procedimiento.
En España, la gestación subrograda está prohibida por ley, aunque cada vez más personas (solteras o en pareja) recurren a ella allí donde dicho procedimiento es legal, como por ejemplo en California, donde los niños concebidos por este procedimiento son registrados desde el primer momento como hijos de ambos padres sin problema alguno. Posteriormente, las autoridades españolas deben convalidar la inscripción registral. Curiosamente, mientras han sido mujeres o parejas heterosexuales las que han recurrido a este procedimiento, España ha hecho “la vista gorda”, pero ahora que parejas gays hacen también uso del mismo, las autoridades comienzan a poner problemas, como ha sucedido recientemente con un matrimonio gay de Valencia.Etiquetas: Ninguno
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