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Fiscalia Gral Estado Y Bodas Gays De Extranjeros
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La Postura De La Fiscalia
El mensaje de ayer fue transmitido tras rastrear las agencias de prensa y comprobar que la Fiscalía no había emitido ninguna nota.Ahora que sabemos su postura, hay que precisar su alcance.
El juez encargado del resgistro puede todavía denegar la apertura de expediente matrimonial en estos casos. Queda la vía del recurso ante la Direccion General de Registros y del Notariado. Al recurrir se da traslado del expediente al Fiscal. El Fiscal, al ser un organo con depedencia jerarquica, tienen que seguir la pauta que ha establecido la Fiscalía General del Estado y apoyar el recurso.
El recurso prosperará porque la Dirección General depende del Ministerio de Justicia, y su decisión no será recurrida ante los Tribunales por el Fiscal, único órgano con dicha legitimación.
Una vez que se acumulen los casos, la Direccion de Registros dictará una Instrucción de carácter general que SI VINCULA AL JUEZ ENCARGADO.
si a partir de entonces los jueces encargados del registro se siguen oponiendo a los matrimonio de extranjeros, entonces se abre la vía de denuncia o querella por negativa a prestar un servicio a causa de la orientación sexual de los peticionarios, vía preferible a la acusación de prevaricación que exige la previa revocación de la resolución prevaricadora.
El tema pués parece resolverse. Queda el tema del matrimonio extranjero-extranjero. Debemos conseguir que basta conque uno de ellos tenga residencia legal en España. De esta forma podrá contraer matrimonio por ejemplo con su pareja en el Consulado Español, incluso por poderes, en Lima y acudir después a la reagrupación familiar.
padresymadresdeespaña@hotmail.com, organizacion fantasma tras la que se ve la mano de la American Families Organization decía en su anuncio de EL PAIS que "miles de homosexuales querrán venir a vivir a España" si se aprueba el matrimonio gay.Bienvenidos sean: una vez que se nacionalicen, el voto rosa será más fuerte que el voto de los que participaron en la marcha de los muertos vivientes del 18-J.
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No entiendo nada
http://www.europapress.es/europa2003/noticia.aspx?cod=20050726203510&tabID=1&ch=68
La Fiscalía acuerda apoyar los matrimonios
homosexuales entre españoles y extranjeros
MADRID, 26 Jul. (EUROPA PRESS) -
La Junta de Fiscales de Sala, presidida por el fiscal
general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, estableció
hoy el criterio de apoyar la celebración de
matrimonios homosexuales en España de ciudadanos
españoles con extranjeros en cuyos países no estén
autorizadas estas uniones, según informaron a Europa
Press fuentes de la Fiscalía.
De este modo, la Junta acordó remitir a todas las
fiscalías de España la orden de que se muestren a
favor de estos enlaces entre un español y un
extranjero siempre que cumplan los requisitos
generales de la Ley española para casarse, como ser
mayores de edad y no tener un vínculo matrimonial
previo.
La decisión de la cúpula fiscal se produjo al estudiar
el caso de un ciudadano de India y un español que
pidieron casarse en Arenys de Mar (Barcelona). El juez
de paz de la localidad solicitó al ciudadano
extranjero que aportase informe de su Consulado que
certifique que es libre para casarse y si la Ley hindú
permite el matrimonio solicitado. La Fiscalía ha dado
instrucciones al fiscal jefe de Catuña para que se
apoye este matrimonio.
El Ministerio Público argumenta que impedir estos
matrimonios, aprobados por la reciente Ley de
matrimonios entre personas del mismo sexo, chocaría
con un principio de orden público positivo, ya que si
uno de los contrayentes es español debe aplicarse la
ley que esté vigente en España, puesto que no se puede
negar un derecho cuando la ley española lo contempla.
La Fiscalía admite que otra cuestión es que el cónyuge
extranjero vea reconocido o no este matrimonio en su
país de origen.
El obstáculo podía surgir del artículo 9.1 del Código
Civil, que dice que "la Ley personal correspondiente a
las personas físicas es la determinada por su
nacionalidad". Y actualmente sólo Bélgica, Holanda,
España, Canadá y algún estado de Estados Unidos
permiten los matrimonios entre homosexuales.
El fiscal jefe de Cataluña, José María Mena, elevó la
cuestión planteada en Arenys de Mar a la Junta de
Fiscales de Sala, que ha establecido que el Ministerio
Público apoye estos matrimonios, aunque las leyes del
país del extranjero no autoricen estos enlaces.
El criterio establecido en la Junta de Fiscales de
Sala será extensivo a todos los casos similares que se
produzcan en España. El Tribunal Superior de Justicia
de Catalunya había mostrado su apoyo al juez de paz
que pidió al ciudadano hindú los certificados de su
Consulado.
En cualquier caso, el informe de la Fiscalía no será
vinculante para los jueces, que deberán decidir
finalmente si aprueban estos matrimonios entre un
homosexual español y otro extranjero.
La Junta de Fiscales de Sala subraya que debe tenerse
en cuenta además en esta cuestión lo previsto en el
artículo 27 del Código Civil, que señala que "los
extranjeros gozan en España de los mismos derechos
civiles que los españoles, salvo lo dispuesto en las
leyes especiales y en los Tratados".
Esta capacidad de contraer matrimonio debe extenderse,
por tanto, también a aquellos extranjeros que cumplan
los requisitos exigidos por la ley española: ser mayor
de edad o no tener un vínculo previo.
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Fiscalia Gral Estado Y Bodas Gays De Extranjeros
PARA JOSE BENITO.
URGENTE
DESTINATARIO: TODOS LOS COLECTIVOS
LA JUNTA DE FUSCALES DE SALA NO HA EMITIDO NINGUN COMUNICADO SOBRE EL MATRIMONIO GAY DE EXTRANJEROS
La Fiscalía General del Estado no ha emitido ningún comunicado acerca de la reunión mantenida el día 26 por la Junta de Fiscales de Sala para abordar la problemática de los matrimonio gays de extranjeros en España.
La Fiscalía General del Estado tiene una página web con un buzón para el ciudadano al que podemos escribir:
- expresando nuestra preocupación por la denegación de apertura de expediente matrimonial en algunos registros civiles cuando uno o ambos contrayentes son extranjeros.
- Manifestando que la negativa a celebrar el matrimonio cuando en el país de origen de uno de los contrayentes no están legalizados los matrimonios homosexuales es una interpretación de la ley contraria a la voluntad del legislador y a la realidad social
- Haciendo constar que es suficiente para contraer matrimonio que el contrayente extranjero tenga la capacidad general para contraer matrimonio de su ley nacional, ya que la ley española no distingue entre “matrimonio heterosexual” y “homosexual”, sino que se trata, tras la reforma, de una única institución que tiene los mismos efectos sean los contrayentes del mismo o de distinto sexo.
- Manifestando que la negativa a instruir el expediente impide que se de traslado por delegación a otro registro civil, con lo que dicha negativa sólo puede solventarse mediante recurso ante la Dirección General de los Registros y del Notariado.
- Expresando que los ciudadanos españoles heterosexuales pueden elegir como cónyuge a cualquier persona de cualquier nacionalidad, y, de asentarse la restricción por nacionalidad al matrimonio entre hombres o entre mujeres, la igualdad que la ley aprobada quiere conseguir se vería malograda
- Subrayando, finalmente, la confianza en el Ministerio Fiscal a la hora de adoptar un criterio favorable a los matrimonios entre personas del mismo sexo cuando uno de los conraentes sea extranjero o lo sean ambos si tienen en este último caso residencia legal en España.Etiquetas: Ninguno
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